miércoles, 10 de septiembre de 2008

Plan de alfabetización digital del Nuevo Banco de Santa Fe

El plan de alfabetización del Nuevo Banco de Santa Fe, es una apuesta a la educación y la inclusión social, que busca reducir la brecha digital y extender la alfabetización y la formación de docentes y alumnos.

Este plan consiste en beneficiar a escuelas de la provincia de Santa Fe con el Programa de Alfabetización Digital (PAD) equipando salas de informática con acceso a Internet. Hasta ahora solo se ha implementado en una sola escuela.

La iniciativa tiene como meta central el acceso a las tecnologías de la información y la comunicación para todas las personan de la comunidad educativa. Su aplicación apunta a un nuevo enfoque en los problemas prioritarios de la educación y formación para el trabajo.

Un aspecto negativo que tiene este plan, es que cubre los gastos de mantenimiento, de insumos y conexión a Internet, solo por un año aunque la propuesta pretende lograr un proyecto de desarrollo sustentable. Se entiende por tal a la posibilidad de abrir estos centros tecnológicos a la comunidad en general para dictar cursos básicos de computación e Internet recuperando así los costos que surjan del mantenimiento.

En qué consiste el proyecto One Laptop Per Child y la apuesta de Rafaela al futuro.

¿Qué son las OLPC?

One Laptop Per Child se trata de una iniciativa que se da a nivel mundial para disminuir la brecha digital aportando acceso a las Tecnologías de la Información y de la Comunicación a niños y niñas que viven en países en vía de desarrollo
El enfoque educativo se centra en el pensamiento, la expresión y la comunicación con la tecnología haciendo del estudio una actividad de expresión creativa que desarrolle y estimule las habilidades de pensamiento crítico de los escolares.
Este proyecto promueve la propiedad del niño sobre su computadora, haciéndola un objeto personal, así como también una herramienta indispensable para su educación tanto dentro como fuera del establecimiento escolar. Con estas computadoras no es necesario saber leer o escribir, aunque, sin embargo, estas habilidades se pueden adquirir utilizándolas. También es importante el apoyo de las instituciones al programa OLPC (One Laptop Per Child), ya que lo que se quiere es una saturación digital controlada en las comunidades participantes.
El proyecto, apoyado por Google, AMD, News Corp, Red Hat, Brighstar, Intel, Marvell, Ebay, entre otras empresas, fue concebido por Nicholas Negroponte, fundador a su vez de OLPC, y presentado en enero de 2006 en el Foro Económico Mundial en Suiza. Negroponte, junto a un grupo de talentosos artistas, educadores, diseñadores y negociantes, han logrado llevar esta maravillosa iniciativa a distintos gobiernos para ser distribuidas en las diferentes escuelas por un precio de tan solo 175 $ aproximadamente por máquina.
“Creemos que el mundo emergente debe potenciar este recurso haciendo uso de la capacidad innata de los chicos para aprender, compartir y crear en forma autónoma. Nuestra respuesta a ese desafío es la Laptop XO, una laptop para chicos diseñada para aprender a aprender”.
Y es que OLPC no solo se trata de poner en las manos de niños y niñas de recursos limitados una computadora portátil cualquiera, sino que ellos mismos puedan liberar su enorme potencial a través de un proceso dinámico y tecnológico que, no solo les abre una ventana hacia el mundo, sino que los invita a explorarlo, conocerlo y compartir esa experiencia con otros niños y niñas.
Para facilitar el ambiente de aprendizaje en grupo, las XO pueden enlazarse en red automáticamente con todas las Laptops que estén a su alcance. Es así como el niño puede navegar por Internet en conjunto con otros compañeros y compartir comentarios sobre las informaciones encontradas, y asimismo con cada una de las actividades desarrolladas, las cuales serán archivadas en un sistema de Diario, el cual registra cronológicamente cada una de las tareas que el alumno realizó o presenció.
Las Laptops ya son utilizadas en varios países del mundo.
Algunos países que ya han dado la bienvenida a este proyecto en sus escuelas, han demostrado la importancia de la utilización de las laptops como instrumento de estudio y juego, así como también la interacción con toda la familia al llevar las máquinas a sus hogares. Ya existen experiencias gratificantes, como por ejemplo, una aldea en Camboya donde no hay electricidad y la luz más brillante en el interior de las casas es la que surge de las Laptops.
Galadima en Nigeria, Villa Cardal en Uruguay, Ban Samkha en Tailandia y Luciana de Abreu en Brasil, son solo algunas de las escuelas donde se ha puesto en práctica el proyecto obteniendo un rotundo éxito.

Actualmente, la organización se encuentra entablando discusiones con Argentina, Brasil, Uruguay, Etiopía, Libia, Nigeria, Ruanda, Pakistán y Tailandia para seguir llevando esta propuesta a todos los espacios del mundo donde existan niños y niñas con necesidad de explorar todo su potencial a través de la tecnología.
En cuanto a su estructura y sistema operativo estas máquinas cuentan con un sistema operativo Linux, pantalla a color, de bajo consumo energético (que incluso permitirá generar la energía dando vueltas a una manivela) y que podrá realizar casi todo tipo de procesamiento, a excepción de almacenar gran cantidad de información.
Estas Laptops contarán con wi-fi, tendrán cuatro puertos USB, un procesador de 500MHz, un almacenamiento de memoria flash drive de 1/2Gb y una resolución en la pantalla de casi el doble de las pantallas actuales.


One Laptop Per Child en Argentina: Rafaela apuesta a la alfabetización digital.


La Municipalidad de Rafaela desarrolla un intenso trabajo de inclusión digital para la cuidad, priorizando proyectos en el ámbito educativo.
Es la cuidad cabecera del departamento Castellanos, en la provincia de Santa Fe.Su población ronda los 88.000 habitantes. En el marco educativo cuenta con 14 jardines de infante, 29 establecimientos de EGB, 11 establecimientos de Polimodal, 1 instituto formador docente y 4 Universidades. Se calcula que tiene una población escolar de aproximadamadente 17.900 alumnos, sumando los de todos los niveles.

El Intendente de Rafaela, Omar Perotti, junto a Esteban Galuzzi, Gerente General de Intel para Cono Sur y Carlos Wilson, presidente de Wiltel, acordaron desarrollar e implementar un programa digital para la ciudad.
La primera etapa de implementación del programa consistió en el lanzamiento del portal de Internet de la ciudad, el plan de integración digital de las escuelas de Rafaela a través del accesos bonificados a Internet, y el Corredor Inalámbrico Rafaela mediante la implementación de infraestructura Wi-Fi. La Intendencia de Rafaela contararía con tecnología inalámbrica Wi-Fi que fueron instaladas por Intel en el Palacio Municipal. A través de esta tecnología, la Intendencia tendrá la facilidad de implementar consultas a la ciudadanía mediante el uso de kioscos multimedia en los alrededores del Palacio. Las escuelas de Rafaela también contarán con acceso a Internet en condiciones preferenciales.
Desde esos primeros pasos la Intendencia comenzó a trabajar más comprometidamente en el ámbito educativo, especialmente desde el área de Informática.
Gracias al esfuerzo de toda la Ciudad, Rafaela es, ahora, la primera ciudad del país en adoptar al 100%el programa de capacitación docente Intel® Educar para el Futuro, que en forma gratuita brinda a maestros argentinos las herramientas necesarias para integrar la tecnología en sus aulas y mejorar el aprendizaje de los alumnos. El programa se aplica a 38 escuelas y aproximadamente 2.000 docentes, Rafaela ya capacitó a 40 maestros que están cumpliendo el rol de “Docentes Formadores” . La ciudad ya tiene un “Docente Formador” por escuela, siendo también la primera ciudad del país en alcanzar esta meta.
Cabe destacar que la ciudad de Rafaela ha recibido, en octubre , el premio otorgado por la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones, AHCIET que tiene por objeto reconocer la labor de las ciudades que se encuentran en proceso de modernización y de transición hacia la “Ciudad Digital” integrando así las tecnologías de la información y comunicación (TICs) en la vida económica, social y cultural de la ciudad. Rafaela ha recibido el premio en la categoría Ciudad Pequeña.
En los últimos meses Rafaela esta trabajando con otras ideas para aumentar la inclusión digital, se trata de llevar las computadoras a los barrios mas lejanos y carenciados de esta cuidad llevado a cabo por la Secretaría de Educación de la Municipalidad.
Se trabaja en distintos tipos de actividades relacionadas con el manejo de las computadoras con un programa de la colección "E-ducar", para promover escrituras y lectura creativas en torno de la figura de Juanito Laguna, icono de la obra de Antonio Berni. Con las compus en los barrios "busca incentivar el uso de las nuevas tecnologías para la resolución de problemas simples, aprovechando el entusiasmo creado por el recurso tecnológico como fuente motora de aprendizajes y brindar a nuestros niños un espacio de contacto con las potencialidades de trabajo que ofrecen las nuevas tecnologías aprendiendo a compartir, respetar y valorar las capacidades y los tiempos de sus pares",comentó la funcionaria local Norma Bessone de Albrecht, quien destacó la "gran colaboración que recibimos de las vecinales de la ciudad para su realización".

Jesica Espíndola - Jonatan Báez.


http://www.compualosbarrios.blogspot.com/
http://www.rafaela.gov.ar/es/Noticias-ampliar.aspx?n=5168
http://www.rafaela.gov.ar

martes, 9 de septiembre de 2008

Reciclaje de computadoras:

Este proyecto consiste en el reciclado de maquinas que estén en mal funcionamiento o que se encuentren averiadas. Y son entregadas a escuelas públicas, instituciones y organizaciones sociales. Las cuales no se hacen cargo del soporte o reciclaje del equipo.

Las compradoras son brindadas por empresas y personas, las que se pueden se donan, y el resto se recicla.

Las PC’s son reacondicionadas por estudiantes, y van en conjunto con un acompañamiento capacitado.

Quienes están involucrados en el proyecto, son: el donador, el cual ofrece los recursos que son fundamentales para el desarrollo de las actividades. El reacondicionador aquellas personas que trabajan directamente para que las computadoras lleguen en buenas condiciones a las instituciones y verifican el correcto funcionamiento de las PC’s, que también pueden ser los acompañantes, tiene la tarea de capacitar y mantener las computadoras. Los beneficiados del proyectos son quienes reciben y hacen uso de del producto final y pueden pagar o no por el mismo………..

Continuara………………

Emi e Ingrid

CTC- Convenio para rellenado elcronico 2008

Convenio para la Instalación de
CENTROS TECNOLÓGICOS COMUNITARIOS.
entre el Programa para la Sociedad de la Información (PSI)
y (Institución Responsable)

Entre el ESTADO NACIONAL, representado por la SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS (en adelante SECOM), representada en este acto por el Lic. Gonzalo Heredia en su carácter de Coordinador General del a través del Programa para la Sociedad de la Información (en adelante el PSI), y con facultades suficientes para suscribir el presente, constituyendo domicilio en la avenida Leandro N. Alem N° 339, 4to. piso, of. 423, de esta Ciudad de Buenos Aires, por una parte, y por la otra, representada en esta acto por el Sr. , DNI N° ___, en su carácter de apoderado, conforme surge de la copia del poder que se adjunta al presente, constituyendo domicilio en , en adelante la INSTITUCIÓN RESPONSABLE, conjuntamente ambas denominadas LAS PARTES; y
Considerando
Que por iniciativa presidencial denominada “argentin@internet.todos”, implementada mediante el Decreto N° 1018/98 (en adelante el Programa), fueron creados los Centros Tecnológicos Comunitarios (en adelante CTC).
Que el Programa tenía los siguientes objetivos: “a) Promover el desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones en todo el país, procurando el acceso universal a la misma en condiciones de equidad geográfica y social; b) Estimular el desarrollo de redes nacionales y regionales sobre la base de la infraestructura de telecomunicaciones cuya implementación se propicia; c) Promover el acceso universal a INTERNET y a la tecnología de la información; d) Promover en el ámbito nacional la constitución de CENTROS TECNOLOGICOS COMUNITARIOS (CTC) como medios para el cumplimiento de los objetivos (establecidos en el Decreto mencionado)”.
Que, en la puesta en marcha del Programa, la SECOM suscribió con la INSTITUCIÓN RESPONSABLE un convenio (en adelante el Convenio Original), por el que se acordó instalar un CTC.
Que el Convenio Original se encuentra vencido y se produjo una reconducción automática hasta la fecha.
Que las condiciones establecidas en el Convenio Original se encontraban previstas para un contexto distinto del actual, lo que genera un marco de incertidumbre conceptual y jurídica que atenta contra el eficaz cumplimiento de los objetivos originariamente planteados.
Que, entre otras cuestiones, los coordinadores (en adelante los COORDINADORES) requieren de estabilidad en su rol para poder instrumentar proyectos de mediano plazo, a la vez que deben establecerse las condiciones básicas de su gestión.
Que, asimismo, se hace necesario adecuar las líneas directrices del proyecto CTC a los escenarios actuales del desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) y las demandas de la comunidad.
Que, por otro lado, se han planteado nuevos objetivos perseguidos mediante la implementación de una red de CTC, entre los que se puede mencionar los siguientes:
· Fomentar de Internet en localidades alejadas de los grandes centros de consumo y en poblaciones con necesidades básicas insatisfechas.
· Promover la igualdad de oportunidades en el acceso a las tecnologías de la información.
· Impulsar nuevas herramientas pedagógicas mediante la utilización de redes informáticas tales como teleeducación, telesalud, etc.
· Favorecer mediante la apropiación de las TICs procesos de inclusión social finalidad última de la reducción de la brecha digital.
· Impulsar proyectos locales que propicien de modo integral la apropiación de las Tecnologías de la Información y Comunicación en la comunidad, articulando la inclusión digital, la capacitación y la salida laboral a través de emprendimientos productivos locales basados en la utilización de las TICs como herramientas.
· Generar hábitos populares de utilización de las tecnologías y un diálogo creativo con los avances tecnológicos.
· Promover la igualdad de oportunidades en el acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones (brecha digital).
· Desarrollar productos de información comunitarios a medida, destinados a mejorar y facilitar las actividades productivas de la población, el acceso general a la cultura y al conocimiento global.
· Promover la formación de una Red Formal de CTC, compartiendo experiencias-proyectos y haciéndolos comunes a todos.
· Promover la creación de agentes multiplicadores de las iniciativas de los Centros.
Que la SECOM suscribe el presente en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto N° 243/01.
Por ello, LAS PARTES acuerdan suscribir el presente Acuerdo (el Acuerdo), que se regirá conforme a los siguientes términos y condiciones:
ARTÍCULO PRIMERO: Objeto.- El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las condiciones en las que funcionará el CTC, en las dependencias de la INSTITUCIÓN RESPONSABLE.
ARTÍCULO SEGUNDO: Normas de aplicación.- Para el funcionamiento del CTC serán de aplicación las normas del presente Acuerdo y los Reglamentos que se adjuntan al presente.
ARTÍCULO TERCERO: El presente convenio tendrá una vigencia de dos (2) años contados a partir de la fecha de su firma, renovable automáticamente por igual período, salvo que alguna de LAS PARTES comunique en forma fehaciente su voluntad de dejarlo sin efecto, con treinta (30) días corridos de antelación a la fecha de su finalización.
ARTÍCULO CUARTO: El ESTADO NACIONAL cumplirá sus obligaciones a través de la SECOM y del PSI dependiente de la SECOM obligándose a:
1. Diseñar y publicar una página Web del CTC que opere como medio de contacto del conjunto de los CTCs desde donde se implementen capacitaciones a distancia para COORDINADOR, se genere un reservorio de materiales educativos para replicar experiencias exitosas en otros CTCs o instituciones similares, se administre un blog interno, se publique una cartelera de eventos y/o programas de financiamiento y becas de interés, se administre el vínculo administrativo entre el PSI y los CTCs y se realicen en un entorno seguro y transparente las elecciones de representantes regionales.
2. Sustentar un proceso de capacitación permanente para el COORDINADOR, o quien este designe en su representación, tanto en aspectos relacionados directamente a su entrenamiento bajo el concepto formador de formadores, como con respecto a la gestión y autosustentabilidad del CTC.
3. Proporcionar asistencia general sobre el funcionamiento y modalidades del CTC, asesorando a los mismos en la búsqueda de vínculos locales y regionales con instituciones públicas, privadas y ONGs que permitan sinergizar los proyectos que por iniciativa propia quisieran implementar el COORDINADOR y contaran con el aval de la SECOM, a través del PSI.
4. Realizar su mejor esfuerzo para generar convenios marco con organismos internacionales, nacionales y/o regionales, públicos y privados, que sirvan de plataforma para el desarrollo de proyectos locales instrumentados por los CTCs.
5. Instrumentar procedimientos sistemáticos de monitoreo y evaluación de resultados del CTC, su COORDINADOR y la INSTITUCIÓN RESPONSABLE, de modo tal que permita construir un índice ponderado que asigne prioridades de acceso a programas de modernización de equipamiento, becas de capacitación a coordinadores, participación en proyectos especiales de nivel nacional e internacional y cualquier otro beneficio que el PSI pudiera instrumentar como parte de su política de reducción de la brecha digital. Los parámetros de dicho índice serán publicados en la página de los CTC y comunicados a los mismos antes de su entrada en vigencia.
6. Realizar los mayores esfuerzos para, en el marco de la disponibilidades estructurales vigentes, acercar conectividad a los CTC.
ARTÍCULO QUINTO: La INSTITUCIÓN RESPONSABLE se obliga a:
Proveer un ámbito físico para el funcionamiento del CTC dentro de la zona de influencia de la población meta seleccionada, asegurando condiciones básicas de seguridad, higiene y comodidad tanto para el equipamiento como para los usuarios del Centro.
Designar al COORDINADOR previa intervención de la SECOM, a través del PSI. La designación del COORDINADOR deberá ser efectuada por la INSTITUCIÓN RESPONSABLE por escrito y ser presentada ante la SECOM, a través del PSI, quien deberá expedirse dentro de los treinta (30) días de recibida la propuesta. En caso que hubiere transcurrido dicho plazo sin que la SECOM o el PSI se expidan en forma positiva, se considerará que la propuesta ha sido convalidada. El COORDINADOR durará en su función por un período de 2 años. Es requisito de validez de la designación, la previa y obligatoria intervención de la SECOM, a través del PSI.
La INSTITUCIÓN RESPONSABLE sólo podrá proponer a la SECOM, a través del PSI, el reemplazo del COORDINADOR, en cualquier momento, basado en incumplimiento del Reglamento de Coordinadores que se acompaña como Anexo I (en adelante REGLAMENTO DE COORDINADORES), del presente Acuerdo y/o por motivos graves.
El reemplazo del COORDINADOR deberá ser resuelto por la INSTITUCIÓN RESPONSABLE previa intervención previa y obligatoria de la SECOM, a través del PSI. La SECOM, a través del PSI, deberá expedirse respecto del reemplazo dentro de los cuarenta y cinco (45) días de solicitado por parte de la INSTITUCIÓN RESPONSABLE y, en caso de silencio se tendrá por rechazado el pedido.
Se considerarán variables de decisión primaria para el dictamen de la SECOM para la aprobación de la designación, las siguientes:
· El rendimiento obtenido en la gestión precedente del CTC, cuando el COORDINADOR ya estuviera o hubiera estado a cargo del CTC)
· El nivel de educación formal y/o capacitación específica para el rol.
· La experiencia en proyectos similares vinculados con la inclusión social a través de las TICs.
· La presentación de un proyecto pertinente para desarrollar durante el período de vigencia de la designación.
El dictamen del PSI tendrá carácter vinculante para la INSTITUCIÓN RESPONSABLE.
En el caso de que la SECOM, a través del PSI, objetarse la candidatura y se hubiere verificado el incumplimiento al REGLAMENTO DE COORDINADORES por parte del COORDINADOR que se encontrare en funciones, a instancias de la solicitud del PSI, la INSTITUCIÓN RESPONSABLE deberá proponer la designación de otro candidato para la función, dentro del plazo de cinco (5) días, según el procedimiento de designación antes descripto. En caso de que la INSTITUCIÓN RESPONSABLE omita proponer el COORDINADOR, la SECOM, a través del PSI, será intimado bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo SEPTIMO.
Verificar el cumplimiento del Reglamento de CTC que obra como Anexo I del presente Acuerdo (en adelante el REGLAMENTO DEL CTC).
Velar por el buen mantenimiento de los bienes y del equipamiento propiedad del ESTADO NACIONAL, entregados al CTC en el marco del Programa.
Facilitar el acceso a las instalaciones del CTC a las personas o instituciones que la SECOM, a través del PSI, designase con el objeto de verificar el estado del equipamiento propiedad del ESTADO NACIONAL, entregados al CTC en el marco del Programa, así como verificar el funcionamiento general del Centro.
Para los fines del punto 4 se tomará como referencia el Inventario declarado por la INSTITUCIÓN RESPONSABLE que obra como Anexo II del presente Acuerdo el cuál será auditado por el PSI en un plazo no mayor a noventa (90) días.
Tomar a su cargo los costos de mantenimiento del CTC que incluyen básicamente el mantenimiento de los equipos, del edificio y del personal. Dichos costos podrán solventarse mediante procesos de autofinanciamiento aprobados por la SECOM, a través del PSI, que no desnaturalicen la función básica del CTC.
Operar como facilitador de las gestiones institucionales necesarias para instrumentar convenios o participar de programas implementados por las autoridades locales o regionales.
Velar por el cumplimiento tanto de los objetivos del CTC como del REGLAMENTO DEL CTC por parte de los COORDINADORES, informando al PSI de cualquier irregularidad con respecto a los mismos.
No realizar traslados de equipos y/o materiales destinados al Programa y/o al funcionamiento del CTC, ni alterar la denominación del CTC, sin tramitar la correspondiente autorización ante PSI bajo de tener por resuelto en forma inmediata el Acuerdo, en cuyo caso el PSI podrá disponer el retiro y/o traslado del equipamiento provisto bajo el Programa, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en los términos del Artículo SEPTIMO.
Dar participación a la comunidad para lograr la apropiación y optimización del proyecto CTC integrándolo a la dinámica de significaciones sociales de la población receptora.
ARTÍCULO SEXTO: Ni el ESTADO NACIONAL, ni la SECOM, ni el PSI, adquieren por el presente ninguna otra obligación que las expresamente previstas en el Artículo CUARTO de este Acuerdo, quedando en consecuencia liberada de cualquier tipo de responsabilidad civil, comercial, penal, laboral o administrativa que pudiera surgir del cumplimiento del presente. La INSTITUCIÓN RESPONSABLE se compromete a mantener indemne al ESTADO NACIONAL, a la SECOM o al PSI por cualquier reclamo que pudiera generarse de terceros, como consecuencia de cumplimiento del presente Acuerdo.
ARTÍCULO SEPTIMO: La falta de cumplimiento fiel y cabal a alguna de las obligaciones establecidas para cada una de LAS PARTES, otorgará a la otra el derecho a resolver el presente Acuerdo en forma inmediata, sin perjuicio de los daños que pudieran reclamarse. En esta situación, la INSTITUCIÓN RESPONSABLE deberá devolver a la SECOM, los elementos que fueran entregados por ésta en el marco del Convenio Original, o de este Acuerdo, en buen estado de conservación y responder por todos los daños que hubiera generado en los equipos.
ARTICULO OCTAVO: La administración del CTC estará a cargo de un (1) COORDINADOR, quien será designado en los términos del inciso 2° del Artículo CUARTO del presente Acuerdo.
Será obligación del COORDINADOR, asimismo, velar por la correcta administración y el adecuado mantenimiento del CTC debiendo informar en forma inmediata al PSI cualquier inconveniente que hubiere verificado.
El incumplimiento doloso de las obligaciones por parte del COORDINADOR lo hará responsable en forma solidaria e ilimitada frente a terceros y/o al CTC, sin perjuicio de cesar inmediatamente en sus funciones.
ARTICULO NOVENO: LAS PARTES acuerdan la difusión de este Acuerdo en medios y ambientes especializados o generales, tanto dentro como fuera de la localidad beneficiada por el CTC.
ARTÍCULO DECIMO: Para cualquier discrepancia en la interpretación y efectos del presente, las partes deciden someterse a la jurisdicción y competencia de los Juzgados Federales con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que le pudiera corresponder.
En prueba de conformidad, LAS PARTES suscriben el presente Acuerdo en dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los el mes de 2008.






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Para la institucion receptora

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Por el PSI

CTC`S en Argentina.

La experiencia argentina

Argentina cuenta con una gran desigualdad en materia de acceso a Internet, a dos años de ser
implementados los CTCs aún gran parte de la población no accede aún a los beneficios de la
Sociedad de la Información, en especial la de menos recursos.
Según Finquelievich, Karol y Vidal (1992), “la Argentina se caracteriza por una rápida apropiación
individual de las innovaciones tecnológicas de información y comunicación y por procesos
extremadamente lentos de apropiación social de dichas tecnologías”.
La integración de los sujetos a la Sociedad de la Información pasa por la transformación en los
modos de pensar, aprender, investigar y asociarse, pero para ello es necesario una mayor difusión
y acceso real a las TICs y contar con capacitación para lograr utilizarlas como herramientas de
inclusión y de participación social.
Socios
- Distribución de CTCs por provincia
Provincias CTCs
Buenos Aires 260
Ciudad Autónoma de Bs. As. 76
Chaco .28
Chubut .25
Córdoba .323
Corrientes .26
Entre Ríos .42
Formosa .27
Jujuy .24
La Pampa .29
La Rioja .5
Mendoza .56
Misiones. 52
Neuquen .15
Río Negro .50
Salta .23
San Juan .24
San Luis. 27
Santa Cruz. 22
Santa Fe .147
Santiago del Estero. 26
Tierra del Fuego .5
Tucumán .38
Total 1350

¿Que es el CTC?

Los Centros Tecnológicos Comunitarios (C.T.C.) y los CTC Educativos se inscriben dentro de la iniciativa presidencial
denominada "argentin@internet.todos", establecida mediante Decreto Nº 1018/98.Los objetivos que se persiguen
mediante la creación de los CTCs son los siguientes:*Fomento de INTERNET en localidades alejadas de los grandes
centros de consumo y en poblaciones con necesidades básicas insatisfechas.*Promover la igualdad de oportunidades
en el acceso a las tecnologías de la información.*Impulsar nuevas herramientas pedagógicas mediante la utilización de
redes informáticas.*Promover la generación de contenidos locales útiles y autor referenciales por parte de las
comunidades y conglomerados humanos huéspedes de CTC.Básicamente los C.T.C. son redes informáticas locales
conectadas a Internet con contenidos y desarrollos web comunitarias, localizadas en conglomerados humanos de nivel
bajo socio económico o en localidades de escasa demografía o de desfavorable localización geográfica, y que se
encuentran insertas dentro de un sistema general de C.T.C. con subsistemas autónomos de capacitación y desarrollo de
contenidos, cuya gestión puede ser realizada en forma centralizada por una entidad distinta a la Secretaría de
Comunicaciones.El programa de C.T.C. tiene, asimismo, un grado indudable de cercanía con el proyecto "Computadoras
para todos los Niños" (Computers for every Child), desarrollado por la "Operation Social Development" del estado de
Israel, bajo el patronazgo del Primer Ministro. "Computadoras para todos los Niños" es una iniciativa que consiste en
promover a "Los niños perjudicados de todos los sectores (de Israel) computadoras personales de última tecnología,
software educativo de primera calidad y una instrucción completa para el usuario, con el objetivo a cinco años de
distribuir 30.000 computadoras". Mediante este propósito, la OSD "ha asumido la tarea radical pero aún racional de dar a
los niños más pobres de Israel las herramientas que necesitan para convertirse en adultos productivos, tanto para su
realización personal como para la fuerza socio económica de la Nación". La visión del proyecto -que compartimos cabalmente
con nuestro programa de C.T.C.- es "poner las habilidades más importantes de la actualidad en manos de la juventud
menos privilegiada del país".La enunciación del programa "Computadoras para todos los Niños" es de una contundencia
admirable. Sin embargo, los propósitos de nuestro programa van un poco más allá que los de esta inspiradora
experiencia de Israel. En primer lugar, porque un C.T.C, a diferencia de aquel proyecto, es una instancia comunitaria, un
punto de referencia social; en segundo lugar, porque el público objetivo es un tanto más amplio en el programa
argentino, dado que no sólo aspira a llegar a los niños menos privilegiados del país, sino también a los habitantes menos
favorecidos en general, de cualquier edad.¿Cuál es su ubicación?El espacio físico para el funcionamiento del
mencionado centro se ha establecido en:*España 1740 del Barrio 300 Viviendas de la Ciudad de Cipolletti¿Cuáles son los días y horarios de atención?*Lunes a Viernes de 9 a 12 hs y de 16 a 22 (Acceso a Internet de 20 a 22 hs)*Sábados
de 9 a 13 hs (Acceso a Internet de 11 a 13 hs)Normas de uso y convivencia Dado que el Centro Tecnológico Comunitario
tiene acceso libre y gratuito, es necesario preestablecer normas de uso y convivencia para garantizar el normal
funcionamiento del mismo.Bajo esta premisa y con el objetivo de dar un uso intensivo al C.T.C. local, se
establece:USTED PUEDE:*Usar un equipo PC que esté libre, luego de completar la planilla de ingreso, por un tiempo
de hasta dos horas/turno.*Reservar un turno con anticipación para el uso de una PC en algún horario y día de la semana
determinado, teniendo en cuenta los días previstos de atención al público y la prioridad de los Establecimientos
Escolares.*Solicitar ayuda y asesoramiento en sus trabajos al Coordinador de turno.*Imprimir sus trabajos en color o
blanco y negro si abona los costos derivados de los insumos.*Colaborar para lograr un ambiente sano y agradable
dentro del C.T.C.*Copiar la información obtenida en medios de almacenamiento secundario (disquettes) para trabajar
luego sobre ella.USTED NO DEBE:*Utilizar un equipo PC sin haber llenado la planilla de ingreso.*Utilizar un equipo PC
por más de 2 horas/turno.*Dañar el equipamiento y/o las instalaciones, en caso contrario deberá abonar los costos
del arreglo o reemplazo.*Perturbar el trabajo de las demás personas, con ruidos o actitudes molestas.*Comer, beber
y/o fumar dentro del edificio.*Acceder mediante Internet a temas que atenten contra la moral y las buenas costumbres,
así como tampoco utilizar los equipos en actividades de Ocio (Vídeo Juegos, Eventos Deportivos, etc.)

bibliografia:
http://www.cipollettivivoo.com.ar/mambo/index2.php?option=com_content&do_pdf=1&id=39

miércoles, 27 de agosto de 2008

Feria de Ciencias - Encuesta

Ya estamos en la feria, sin dudas un gran desafío y una valiosa oportunidad para aprender y mejorar nuestro proyecto.
Durante la feria vamos a promocionar el blog para que voten y así poder sacar más conclusiones sobre la brecha digital.
Saludos